BASES Y CONDICIONES PARA LA EXPERIENCIA VÉLEZ

OBJETO DEL CONCURSO:

El Club Atlético Vélez Sarsfield Asoc. Civil, constituyendo domicilio legal en Av. Juan B. Justo 9200 CABA, brindará la “experiencia Vélez”, conforme las siguientes bases y condiciones:

BASES Y CONDICIONES

El CLUB ATLÉTICO VÉLEZ SARSFIELD ASOCIACIÓN CIVIL, en adelante el “Organizador”, otorga a Buyins SA un cupo de 20 experiencias por partido de LPF para que disfruten sus clientes en las instalaciones del Club Atlético Vélez Sarsfield.

La Experiencia Vélez consiste en el Ingreso por puerta 2 (Sector “Pecera” de ingreso Jugadores), Visita a zona mixta, visita a línea histórica y visita a sala de prensa. Previa al partido en salón de hospitalidad con lunch.

Ubicación preferencial en platea norte con un refrigerio.

1 camiseta firmada por mes más 4 Merchandasing Exclusivo para sortear entre los asistentes.

Podrán participar
  1. Las Personas Físicas, mayores de 18 años que hayan adquirido o contratado con la compañía Rio Uruguay Seguros (RUS) alguno de los seguros en la web aseguralapasion.com

  2. Las experiencias Vélez, no podrán ser intercambiado por su valor en dinero ni por cualquier otra mercadería, entendiéndose que el las mismas son intransferibles.

  3. El Organizador se reserva el derecho de sustituir el premio, por otro u otros de similar valor e importancia.

  4. El Organizador no otorga garantía de calidad, evicción, vicios ocultos, funcionamiento, ni ninguna otra con relación al servicio que presta la compañía de Seguros, debiendo dirigirse por cualquier reclamo a sus vendedores, o personas de contacto, ni será responsable de daños o perjuicios que sufrieren los ganadores o terceros, en sus personas o bienes, debido a o en ocasión de la utilización de la experiencia aquí ofrecida.

  5. Cuando circunstancias no imputables al Organizador, disposiciones de AFA, FIFA o Conmebol, o que constituyan casos fortuitos o de fuerza mayor determinen la necesidad de suspender el evento, dicha situación será comunicada al Sponsor a la brevedad de haber tomado conocimiento el club.

  6. La participación en la promoción y/o el retiro de premios implica el conocimiento y la aceptación de estas Bases, así como de las decisiones que adopte el Organizador, conforme a derecho, sobre cualquier cuestión vinculada con ellas. El Organizador, luego de realizado el sorteo, publicará el nombre y DNI del Ganador por los mismos medios a los utilizados para difundir la Promoción.

  7. El Organizador se reserva el derecho a realizar la acción publicitaria, de prensa, promoción, publicación y difusión que considere conveniente del Ganador de la presente Promoción. Con la sola participación en la Promoción, el Ganador presta su expresa conformidad para la utilización y difusión de su Nombre y Tipo y Nº de Documento e Imágenes (foto y voz) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 53 del Código Civil y Comercial de la Nación, del artículo 11 del Pacto de San José de Costa Rica, del artículo 31 de la Ley N° 11.723, del art. 3, inc. h) de la Ley N° 22.362 y toda otra normativa concordante. En virtud de esta autorización, el Ganador no tendrá derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

  8. La responsabilidad del Organizador, por todo concepto finaliza con la puesta a disposición del Ganador del Premio correspondiente y, de ninguna manera, continúa en relación. El Organizador no será responsable de los daños y perjuicios que pudieran sufrir el Ganador en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la adjudicación del Premio. El Organizador no será responsable por consecuencias originadas por problemas en la transmisión de datos, pérdida de mails enviados, problemas en las comunicaciones o de cualquier otra índole. Los participantes serán responsables del contenido de todos los documentos enviados, así como del costo del envío y de los impuestos que sean aplicables o toda suma de dinero que les sea abonada en concepto de adjudicación de Premios.

    1. 8.2La responsabilidad del Organizador finaliza al poner a disposición del Ganador el Premio al que se hizo acreedor. Los gastos no incluidos en las presentes Bases estarán a cargo del potencial Ganador, incluyendo, pero sin limitarse a traslados, gastos de viáticos y/o impuestos y/o cualquier otro costo o gasto que se produzca como consecuencia y/o en ocasión del premio. El potencial Ganador mantendrá indemne y a salvo al Club Atlético Vélez Sarsfield Asoc. Civil por cualquier daño, pérdida y/o accidente acaecido como consecuencia de la utilización del Premio. El Organizador no asume responsabilidad alguna si por serle imposible concretar la notificación al Potencial Ganador del Premio dentro del plazo establecido al efecto, debiera notificar y/o adjudicar el Premio al suplente.

    2. 8.3El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326.

    3. 8.4Los Participantes podrán requerir que dicha información les sea suministrada, actualizada, rectificada o removida de la base de datos a su pedido. A tales efectos deberán comunicarse con el Departamento de Socios en el domicilio del Organizador de Lunes a viernes de 17:00 a 20:00 hs.

    4. 8.5La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, órgano de control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales. El registro y participación en la Promoción implicará el otorgamiento por parte del Participante, del consentimiento previsto en los artículos 5° y 11° de la Ley 25.326.

  9. Estas Bases podrán ser consultadas en la página Web oficial del organizador www.velez.com.ar/experienciavelez

  10. La presente promoción se llevará a cabo desde el 01/04/2020 hasta el día 31/03/2022. Promoción válida para todo el territorio de la República Argentina.

  11. De conformidad con la reglamentación vigente al momento de entrar en vigencia estas Bases, para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización de la Promoción, los participantes y el Organizador se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios Civiles con asiento en la ciudad de Buenos Aires con expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.